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GoEasy está 100% homologado con la DGII


Emite tus libros diarios y mensuales sin dificultades y mantén tu bitácora.


La mas rápida y robusta del mercado, con una impresionante velocidad de impresión de 250 mm por segundo, diseñada para largas jornadas de trabajo. Con sistema asistido de reemplazo de rollo utilizando las mas modernas tecnologías de TI como el procesador ARM y una base de datos SQL,

KUBE F II ofrece al mercado un producto con el máximo rendimiento, ademas, gráficas sin limitaciones! Al mismo tiempo, introduce una programación innovadora con tecnologías de conexión USB. KUBE II F combina potencia, la tecnología y la máxima fiabilidad, gracias a su cortador automático que garantiza 2.000.000 cortes.

Los protocolos de comunicación y los controladores disponibles hacen de KUBE F II inmediatamente compatible y lista para imprimir con el uso de cualquier aplicación en el mercado (Plug & Play). Disponible en versión con módem GPRS integrado.

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Deberes de las y los usuarios de Soluciones Fiscales

Solicitar un usuario y clave a través de la Oficina Virtual para realizar los envíos de sus libros de venta y actualizar la bitácora electrónica.
Enviar los libros de venta a más tardar quince (15) días calendarios después del cierre del mes correspondiente.
Preservar en medio electrónico el libro diario de ventas, por lo menos, durante dos (2) años .
Registrar las actualizaciones de la bitácora electrónica, a más tardar tres (3) días, luego de realizado el evento (instalación, reparación, mantenimiento, traslado, entre otros).
Mantener su Solución Fiscal siempre activa y lista para operar. En caso de problemas o daños en la misma, debe ser reportada al suplidor, haciendo conocimiento de dicho reporte a la DGII .

Sanciones aplicables

La Norma General No. 04-2014 regula obligaciones derivadas de las Disposiciones del Código Tributario de la República Dominicana y sus modificaciones, relativas al uso de comprobantes fiscales, en tal virtud dichas obligaciones constituyen deberes formales que deben ser cumplidos por las o los contribuyentes y responsables. En caso de incumplimiento, las o los contribuyentes serán sancionados de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 257 del referido Código, sin perjuicio de la aplicación de cualquier otra sanción dispuesta en el mismo, acorde al hecho que la tipifique.

Adquisición de Solución Fiscal

Después de que el contribuyente es notificado por la DGII o en caso de que quiera adquirir esta solución sin haber sido notificado.
El mismo debe comunicarse con NEOTEC al 809.534.0970.
Adquirir el equipo fiscal.
Informar el tipo de negocio que tiene (tipo Restaurante o Retail)
Esperar la autorización para la instalación desde la DGII
Finalmente, programar junto a NEOTEC la fecha y hora de la instalación
Durante la instalación, el usuario recibirá un entrenamiento para el uso correcto del equipo fiscal y sus diferentes funciones.